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Empresa demandará al INE por rescisión de contrato

La empresa Sctyl Méxic demandará al INE por rescindir un contrato para proveer un sistema de contabilidad en línea.

Escrito en Celaya el
Empresa demandará al INE por rescisión de contrato

La empresa Sctyl México informó que interpondrá acciones legales en contra del Instituto Nacional Electoral (INE) por la decisión de rescindir el contrato para proveer un sistema de contabilidad en línea.
La empresa insistió en que fue el INE el que incumplió el contrato firmado el pasado 30 de septiembre, con un mes de retraso con respecto al calendario previsto.
El pasado viernes el INE notificó a la empresa la resolución por la que se determinó la rescisión administrativa del contrato INE/SERV/024/2014.
Incumplimiento todavía en febrero: INE
En tanto, el INE informó este miércoles que el incumplimiento de contrato en el que habría incurrido la empresa se mantuvo todavía hasta el pasado 10 de febrero, dos días antes de que se emitiera la resolución de dar por concluida la relación contractual.
Así se desprende del expediente de la Resolución que pone fin al procedimiento de rescisión administrativa del contrato INE/SERV/024/2014 de fecha de 30 de septiembre de 2014, celebrado entre el INE y las personas morales Sctyl México, S. de RL de CV, Sctyl Secure Voting, S.A., SOE Software Corporation, Cloud data Processing an Storage SA de CV, y Mainbit SA de CV, referente a la implementación y soporte del sistema de contabilidad en línea.
De acuerdo a lo expuesto, el 10 de febrero personal del Instituto Nacional Electoral, en compañía del Notario Público 49 del Distrito Federal, acudieron a las oficinas de Sctyl México S. DE R.L. de C.V., ubicadas en Paseo de la Reforma, en lugar, fecha y hora pactadas, con la empresa.
Ahí el administrador del contrato solicitó al representante de la empresa "que estuvo presente, la entrega de física de cualquier elemento o información que hasta ese momento tuviera dicha empresa relacionada con el cumplimiento del Contrato, esto es, con la supuesta entrega que ofrecieron realizar; sin embargo dicho representante, indicó que el contrato celebrado entre las partes contempla un esquema de servicios y que por lo tanto "no estaban obligados a entregar nada'".
De ello quedó constancia en el instrumento notarial número 113,543, "que hace patente que hasta la fecha en que se dicta esta resolución el Proveedor ha dejado de entregar o dar acceso al módulo de contabilidad previsto como primer entregable, desde el catorce de diciembre, lo que por sí mismo implica un incumplimiento del contrato de referencia#.
Además eso impidió, de acuerdo al expediente, "el cumplimiento de las siguientes obligaciones, como son, por ejemplo, la realización de las pruebas técnicas y funcionales, la capacitación del personal correspondiente y, por supuesto la puesta en funcionamiento del sistema, tomando en cuenta que las fechas a las que se refieren todas las obligaciones anteriores ya han sido rebasadas".
Debido a ello "se robusteció" la decisión de dar por rescindido el contrato, indicó el INE.
Adicionalmente, el INE precisó que dado que los recursos autorizados para el pago del contrato referido se encontraban disponibles únicamente en el año 2014 "y al no haber cumplido el proveedor con las obligaciones pactadas y que se debían devengar en el ejercicio 2014, ya no es factible presupuestalmente ejercerlos en el presente año".

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