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Conoce la Portabilidad de Nómina

¿Están conforme con el banco en donde te depositan tu sueldo? ¿Te ofrece los servicios que necesitas? Si respondiste no en alguna de las preguntas, esta información es para ti.

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Conoce la Portabilidad de Nómina

Como trabajador tienes derecho a elegir el banco en el que quieres que tu empresa te deposite tu salario y otras prestaciones.

A dicha actividad se le denomina Portabilidad de Nómina y consta de un trámite que realizas con el banco en el que te depositan y en el que quieres que se te deposite.

Utilizar la portabilidad de nómina puede resultarte conveniente si normalmente el banco en el que te depositan no te da los servicios que tu requieres o porque ya tienes una cuenta corriente y no quieras manejar otra, o es posible que haya más sucursales de éste, te quede más cerca o sea el banco donde siempre has mantenido tus ahorros.

Caulquiera que sea el motivo, sólo basta con que tú des la instrucción y tu pago caerá en la nueva cuenta. Lo mejor es que este trámite es gratuito.

Los recursos que pueden ser transferidos son los correspondientes a tu salario, pensión, aguinaldo y otras prestaciones.

Para hacerlo hay dos conceptos que tienes que tener presente:

La cuenta ordenante: Es la cuenta que tramitó originalmente tu empresa o empleador para depositar tus remuneraciones.

La cuenta receptora: Es la cuenta que tienes con el banco de tu preferencia y en la cual se hará el traspaso de tu sueldo y prestaciones de manera automática.

Para hacer la contratación tienes que presentar tu identificación oficial, y los documentos que te acrediten como titular de la cuenta ordenante (estados de cuenta no mayor a tres meses, carátula de contrato de apertura que contenga el número CLABE o la tarjeta de débito vigente con tu nombre impreso). Además requieres la CLABE de la cuenta receptora.

 

Entre las cosas que tienes que tomar en cuenta es que:

  • Si los recursos fueron depositados en la cuenta ordenante (la original) antes de las 15:00 horas de un día hábil bancario, los recursos serán transferidos a la cuenta receptora el mismo día.

  • Pero, si los recursos fueron depositados en la cuenta ordenante después de las 15:00 horas de un día hábil bancario, los recursos se transferirán hasta el siguiente día hábil bancario.

Una  vez que se realice el trámite, la institución ordenante deberá de estar en posibilidad de transferir los recursos a partir del quinto día hábil bancario siguiente en que  recibió tu solicitud. Si fue la institución receptora la que realizó el trámite el tiempo se recorre hasta el décimo día hábil.

Podrás identificar los recursos porque deberán incluir como concepto de pago la leyenda “Portabilidad de nómina”.

Si en algún momento dejas de laborar para la empresa, será necesario que vayas a cancelar la cuenta ordenante, para evitar problemas y que se te genere el cobro de comisiones de algún tipo.

Y si tienes pagos domiciliados a la cuenta ordenante, primeramente se realizará esta operación y posteriormente se realizará la transferencia.

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