Multará SAT por no habilitar Buzón
La falta de habilitación de este servicio o de actualización de los medios de contacto registrados puede derivar en multas.
León, Guanajuato.- A partir del 1 de enero de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá aplicar sanciones a los contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario o no que hayan registrado o actualizado sus medios de contacto.
Esta medida se desprende de lo establecido en los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, que imponen multas de entre 3 mil 850 y 11 mil 540 pesos por el incumplimiento de estas obligaciones.
El Buzón Tributario fue puesto en marcha desde hace algunos años, pero a partir del 1 de abril de 2023, al entrar en vigor la facturación 4.0 es obligatorio.
“Todos los contribuyentes que no estaban obligados en ese momento son los que tienen el régimen del Resico, el Régimen Simplificado de Confianza, pero a más tardar el 31 de diciembre del 2024 debe estar activado”, explicó en entrevista María
Guadalupe Torres Pulido, profesora de la Facultad de Empresariales de la Universidad Panamericana (UP) Campus Guadalajara.
Recordó que el Buzón Tributario es la herramienta de comunicación electrónica mediante la cual el SAT notifica a los contribuyentes sobre requerimientos, devoluciones, auditorías y cualquier otro tipo de trámite o información fiscal.
La falta de habilitación de este servicio o de actualización de los medios de contacto registrados puede derivar en multas.
SM
Valor Agregado
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