Se arman ciudadanos para proteger su hogar, parcelas o ejidos
Poco más de 51 mil 700 armas están registradas en la Secretaría de la Defensa Nacional -Sedena- con domicilio en Guanajuato. De estas, unas 1,190 obtuvieron permiso para uso en defensa del hogar, parcelas o ejidos
Guanajuato.- Poco más de 51 mil 700 armas están registradas en la Secretaría de la Defensa Nacional -Sedena- con domicilio en Guanajuato. De estas, unas 1,190 obtuvieron permiso para uso en defensa del hogar, parcelas o ejidos.
La Constitución de México, desde 1917, reconoce el derecho de las personas a poseer armas en sus domicilios para su seguridad y legítima defensa. Pero con el paso del tiempo se establecieron excepciones sobre su uso.
En 1972, cuatro años después del movimiento de 1968, se expidió la Ley Federal de Armas de Fuego donde se reguló, delimitó y precisó el cómo, cuándo, dónde, quiénes y cómo se podía tener un arma. Quedó prohibida la posesión de armas para uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
En México, de acuerdo con el registro de la Sedena, existen 8 millones de armas registradas y autorizadas a favor de particulares.
La mayoría de armas que se registraron en Guanajuato en el padrón de la Sedena fueron en los años 2003, 2004, 2011, 2010 y 2018. En este periodo se legalizó la posesión de 33 mil 297 armas. La mayoría para actividades deportivas, tiro y cacería.
Para uso en charrería se autorizó un revólver en San Miguel de Allende en 2018, mientras que de colección o para exhibiciones sumaron 756 armas, entre ellas pistolas de chispa que se utilizaron entre los siglos XVII y XIX, también pistolas Derringer o de bolsillo fabricadas en el siglo XIX, entre otras.
La Sedena precisó en solicitudes de información realizadas por AM, que las 1,190 armas registradas que se dieron de alta en los últimos cinco años para la defensa y protección, corresponden a revólveres, pistolas, escopetas de un cañón, rifle semiautomático, rifle de repetición, entre otros.
Antes del 2018 no se otorgaron licencias para la portación de armas. Entre 2018 y 2024 se autorizó a ocho guanajuatenses a portar un arma de fuego para su protección y defensa personal, es decir, ocho personas tienen autorización para portar su arma en vía pública.
La Sedena otorga este tipo de licencia, portación de arma de fuego, tras justificarse la necesidad de portar un arma ya sea por la ocupación o el empleo de la persona, la circunstancias del lugar donde viva o cualquier otra situación que ponga en riesgo su vida.
‘Por seguridad de mi familia’
Por su seguridad propia y de su familia, Antonio, de 50 años, tiene un arma de fuego con permiso de la Sedena desde hace 25 años en su domicilio.
El señor Antonio dijo que el permiso de armas se lo otorgó la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) porque él sirvió a la patria por casi 6 años. Y por el trabajo que realizó y su seguridad, le otorgaron el permiso.
Sí, sí la tengo, porque estuve 5 años 8 meses en el Ejército y estuve dos veces encubierto y automáticamente tienes que tener un arma de registro”, dijo.
El arma que tiene el exmilitar es una 38 especial, y no la ha utilizado, pero la tiene por seguridad, pues en la zona donde vive hay mucha delincuencia.
‘La tengo por seguridad propia y de la familia. Por el rumbo de donde vivo, porque ahí hay vendedores de droga. Y el permiso te lo da Sedena al momento que te retiras del Ejército”.
‘Armarse es un derecho’
El 20 % de las armas registradas se concentraron en León, con 10 mil 550, le sigue Irapuato con 6 mil 229, Celaya con 3 mil 700, Salamanca con 2 mil 324 y San Miguel de Allende con mil 869.
En el caso de León el “boom” de los registros de armas de fuego comenzó en 2003 con mil 617 a diferencia de las 80 armas que se registraron en 2002, y de las 51 contabilizadas en 2001.
A partir de ese año los registros anuales de armas son de 100 y hasta 400 armas. Desde el 2018 los registros anuales no bajan de 200 armas, es decir el padrón sigue incrementándose.
El abogado, Óscar Silva Ortiz, detalló que el registro a favor de armas deportivas aumentó ya que es más fácil afiliarse a un club deportivo que les permita a las personas acceder a las armas de fuego.
Esto es porque la legislación vigente permite tener un ama para la protección del domicilio, pero inscrito en un club de caza y tiro, se podrá poseer 9 armas largas de características deportivas y un arma corta.
Mientras cumplan el requisito no hay problema
El secretario de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, Alvar Cabeza de Vaca, señaló que mientras las personas cumplan con la ley y la reglamentación para poseer y portar un arma de fuego, no existe ningún problema.
No se si sea bueno o sea malo. Es un derecho y si cumple con los requisitos para ejercer este derecho tiene acceso a armarse. Es un derecho, que tienen como mexicano y cada quien es libre de ejercerlo o no. Quien ya porta un arma conoce toda la capacitación y condicionantes y registros para portarla”, dijo.
En contraparte, la secretaria ejecutiva del Sistema Estatal de Seguridad Pública, Sophia Huett López, indicó que no es recomendable que las personas tengan armas en su casa ya que pueden provocar accidentes, en algunos casos con consecuencias fatales.
Es una decisión personal en la que cada persona asume la responsabilidad, no es una cosa menor tener un arma de fuego en la casa, quien asume la responsabilidad tendrá un interés particular. Yo desde mi opinión muy personal en muchas ocasiones se convierten en un factor de riesgo más que de protección”, externó.
Sophia Huett explicó que han ocurrido accidentes graves y hechos desafortunados donde de no existir un arma de fuego en el domicilio no se habrían perdido vidas.
Registro de armas
La Dirección General del Registro de Armas de Fuego y Control de Explosivos, es una oficina de la Sedena con el objetivo de regular la venta y registro de armas de fuego, licencias de armas, explosivos, pirotecnia, sustancias químicas, y transporte de los anteriores.
De acuerdo con la ley una persona puede poseer un arma corta para la protección de su domicilio, y aquellos que están inscritos en un club de caza o tiro podrán poseer hasta 9 armas largas deportivas y un arma corta calibre 0.22.
A nivel nacional existen 168 empresas que tienen autorización para que su personal porte y utilice armas de fuego, de las cuales 115 tienen licencia para seguridad de bienes, 92 dan seguridad a personas, 98 también se dedican al traslado de valores y cinco son empresas de efectos especiales para la industria del entretenimiento.
Para solicitar autorización de un arma, las personas deben acudir a la Dirección con:
- El arma descargada
- Una carta laboral
- Constancia de antecedentes penales
- Cartilla del servicio militar
- Certificado médico y psicológico.
En caso de ser ejidatarios, comuneros o jornaleros presentar:
- Los certificados de la propiedad o certificado del Comisariado Ejidal.
Para las armas deportivas o cinegéticas (cacería) se pide:
- La credencial de afiliación
- Constancia de socio activo.
Venta de armas
La Sedena también pone a la venta armas y municiones, trámites que se realizan de manera presencial, en el edificio Dirección General de Industria Militar. Las armas ofertadas oscilan entre 15 mil y más de 40 mil pesos.
Tipos de registros de armas
- Registro. Armas para oficiales, jefes, y generales del Ejército y la Marina.
- Protección a domicilio. Personal civil y personal de tropa del Ejército y la Marina. Armas cortas (pistolas y revólveres), en los calibres no superiores al 0.380” o 0.38” Especial, respectivamente, excepto los calibres 0.38” Súper, 0.357” Magnum, 5.7 mm.
- Cacería. Para actividades cinegéticas de cacería.
- Tiro deportivo. Armas (cortas y largas) para actividades de tiro y competencia.
- Colección. Armas únicamente para exhibición.
- Protección de parcelas o ejidos. Para personas con certificado parcelario. Se autoriza el registro de armas largas (carabinas, rifles y escopetas), en calibres 0.22”, 12 GA, 16 GA, 20, 28 y 410, además cuando se trate de escopetas no deben ser de cañón de longitud inferior a 635 mm (25”), y las de calibre superior al 12 (.729” ó 18.5 mm).
- Portación. Se autoriza el registro de armas de fuego para su portación siempre que se haya autorizado una Licencia Particular Individual de portación de arma de fuego.
- Charrería. Para actividades de charrería.
Con información de Saul Castro
DAR
AManece Guanajuato
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