Buscar

Se publican lineamientos para alimentación en las escuelas

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto mediante el cual se fijarán lo lineamientos generales para la venta y distribución de alim

Escrito en León el

Ahora es obligación para las escuelas del Sistema Educativo Nacional la promoción en el consumo de verduras, frutas y alimentos, además de dirigir a la comunidad educativa para la adopción de un estilo de vida saludable.
Este viernes se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto mediante el cual se fijan los lineamientos generales para la venta y distribución de alimentos y bebidas preparadas y procesada en las escuelas.
El decreto especifica que el documento en el cual se establecen las calorías que los educandos deben consumir y cómo, podrá ser revisado en cualquier momento, para fortalecer el bienestar físico y mental de los estudiantes y fomentar una mejor calidad de vida.
De ahora en adelante, los planteles escolares deberán verificar que los espacios en donde se preparan y expenden los alimentos y bebidas, cuenten con las condiciones que garanticen la salud y seguridad de la comunidad escolar.
Los lineamientos entraron en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. La implementación del acuerdo y su anexo, para las escuelas de educación básica, se llevará a cabo a partir del ciclo escolar 2014-2015 y para el caso de las de educación media superior será a partir del segundo semestre del presente año.
Las disposiciones especifican que serán las autoridades educativas quienes deberán garantizar que las escuelas cuenten con agua potable, infraestructura y equipamiento necesarios, para brindar higiene y seguridad en la preparación, expendio y distribución de alimentos y bebidas.
Las autoridades educativas deben también difundir los criterios para la integración de una alimentación correcta en escolares, así como la preparación del refrigerio escolar desde casa, que se sugiere en el acuerdo y su anexo.
Dentro de las prohibiciones está la preparación, expendio y distribución de alimentos y bebidas en las escuelas que por representar una fuente de azúcares simples, harinas refinadas, grasas o sodio, no cumplan con los criterios nutrimentales del anexo único y pongan en riesgo la salud del educando.
Los prestadores de servicios educativos que propicien la preparación, expendio y distribución de alimentos que contravengan lo señalado en el acuerdo, se especifica, serán sancionados de acuerdo a lo establecido en el artículo 76 del ordenamiento legal.

Escrito en León el

AManece León

Mantente al día con las últimas noticias de León, suscríbete gratis con tu correo

Amanece Le�n