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Busca Romero legislar sobre ceses laborales

Presenta líder del sindicato petrolero iniciativa de ley para hacer ajustes por renuncias y demandas laborales por despido.

Escrito en León el

Carlos Romero Deschamps, senador del PRI y dirigente del sindicato petrolero, propuso un paquete de reformas legales en materia de renuncia voluntaria de los trabajadores y demandas laborales en caso de despido.
Se trata de la primera iniciativa que el líder de los trabajadores de Pemex ha registrado en lo individual.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo es presentada en el marco de la discusión sobre el sector energético, respecto del cual legisladores de oposición advierten el riesgo de despidos masivos como consecuencia de la apertura a la inversión privada.
En su primera propuesta, Romero Deschamps plantea modificar los artículo 53 y 54 para establecer con claridad que las renuncias voluntarias deberán presentarse por escrito, además de cumplir con una serie de requisitos para tener validez.
Plantea que deberán contener fecha y nombre de la persona moral o física a la que se dirija, así como la manifestación libre y espontánea del trabajador de dar por terminada la relación laboral.
“El nombre del trabajador y su firma, o en su defecto, la huella digital en caso de que el trabajador no sepa leer o escribir, para este último caso deberá de contarse además, con dos testigos que plasmen su firma y su nombre en la renuncia”, señala.
En el proyecto se advierte que, sin el cumplimiento de los requisitos previstos en estas fracciones, la renuncia será nula.
El artículo 54 debe conservar la redacción de que en caso de incapacidad por un riesgo no profesional, el trabajador tenga derecho a que se le pague un mes de salario y 12 días por cada año de servicios.
Además de que, si el trabajador lo solicita, se le proporcione otro empleo compatible con sus aptitudes, independientemente de las prestaciones que le correspondan.
Romero Deschamps registró otra iniciativa para reformar el artículo 872 de la misma ley. En este caso, señala que es necesario fijar con claridad los requisitos que deben cumplirse para interponer una demanda laboral.
Establece que deberá formularse por escrito e ir acompañada de una copia por cada uno de los demandados.
El documento deberá contener la referencia a la autoridad laboral ante la cual se promueve, el nombre y domicilio del o los actores, el nombre y domicilio del o los demandados, las pretensiones que el actor reclame y los hechos en que el actor funde su demanda, precisando los puntos petitorios.
También incluirá la firma del actor o de su representante legítimo.
“Si éstos no supieren o no pudieren firmar, pondrán su huella digital, firmando otra persona en su nombre y a su ruego, indicando estas circunstancias”, agrega.
Aunque la iniciativa fue registrada ayer en la Gaceta Parlamentaria, será llevada a la tribuna hasta la sesión del miércoles 17 de septiembre.

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