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Miscelánea fiscal amplía deducciones personales y para empresas

Se busca ampliar la deducción inmediata por la inversión en bienes nuevos en activo fijo para empresas con ingresos anuales de 100 millones de pesos.

Escrito en León el
Miscelánea fiscal amplía deducciones personales y para empresas

Con el fin de beneficiar a 9 mil pequeñas y medianas empresas que emplean alrededor de 1.3 millones de personas, se prevé ampliar la deducción inmediata por la inversión en bienes nuevos en activo fijo para empresas con ingresos anuales de 100 millones de pesos. Es decir que dichas inversiones serán deducibles al 100% del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y acreditable para efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), según se establece en el dictamen de la Miscelánea fiscal que se presentará hoy domingo por la tarde para su discusión y aprobación en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados. 
Es decir que se modificó la iniciativa que envió el Ejecutivo el pasado 8 de septiembre, ya que el monto de ventas previsto para empresas era de 50 millones de pesos al año. 
Con el cambio anterior se podría mejorar la competitividad de la mayor parte de la estructura productiva del país, la cual generalmente tiene acceso al crédito en condiciones menos favorables de las que se ofrecen a los grandes consorcios empresariales, según se argumenta en la exposición de motivos. 
En el documento se señala que la modificación para mejorar los estímulos al ahorro y la inversión cuenta con el respaldo de los grupos parlamentarios de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Encuentro Social. 
También consideran necesario incrementar el límite del monto de las deducciones de 4 a 5 salarios mínimos generales elevados al año; de esta manera, el monto total de las deducciones personales que podrán efectuar los contribuyentes no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquellos por los que no se pague el impuesto. 
Lo anterior, permitirá que, tratándose de las deducciones personales, se tenga la posibilidad de deducir mayores montos que los que actualmente se permiten en la Ley del Impuesto sobre la Renta. 
Además, por los efectos que producen las incapacidades en la vida normal de los contribuyentes y sus dependientes, así como por el elevado costo que en muchas ocasiones representa la atención médica y los gastos relacionados con las incapacidades, se propone que esta nueva deducción se efectúe al 100%, por lo que no se encontraría sujeta al límite que establece el último párrafo del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. 
En relación al estímulo fiscal a la reinversión de utilidades, se aplicará para todas las empresas y no sólo para las que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores, pero siempre y cuando identifiquen en su contabilidad los registros correspondientes a las utilidades generadas durante el periodo del 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre del 2016 que sean reinvertidas, así como las distribuciones de utilidades respectivas 
Se mantiene el esquema de repatriación de capitales, pero el partido Encuentro Social consideró conveniente que quede claro en la reforma que no se permitirá el retorno de recursos de procedencia ilícita. 
Para beneficiar a una mayor cantidad de pequeños productores del campo, se propone elevar de cuatro a seis salarios mínimos, la exención de pago del ISR de los ingresos que obtengan las personas físicas provenientes de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras correspondiente al área geográfica del contribuyente elevado al año, cuando sus ingresos por las actividades del sector primario representen cuando menos el 25% de sus ingresos totales. 

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