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IMSS Guanajuato otorga préstamos en línea a pensionados

A través del servicio digital Tu Préstamo Fácil y Seguro, el IMSS Guanajuato ofrece préstamos a las personas pensionadas al amparo de la Ley de Seguro Social vigente hasta 1997.

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IMSS Guanajuato otorga préstamos en línea a pensionados
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León, Guanajuato.- Los pensionados del IMSS al amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997 (LSS 1973) pueden acceder a un préstamo a cuenta de su pensión a través del servicio digital "Tu Préstamo Fácil y Seguro".

"En Guanajuato, el IMSS otorga, bajo este esquema, préstamos a personas pensionadas, como otra prestación económica que les brinda el Instituto para protección de la economía personal y familiar; y hacerlo en línea permite la digitalización y simplificación de los trámites y servicios", señaló la licenciada Teresa Adriana Díaz González, titular de la Jefatura de Servicios de Salud en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS en el Estado.

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En un comunicado indicó que las personas interesadas en iniciar el trámite del préstamo deben ingresar a www.imss.gob.mx/pensiones, conocer el importe del préstamo que le ofrecen las entidades financieras y elegir aquella que le brinde las mejores condiciones.

Posteriormente, la entidad financiera elegida por el pensionado lo contactará para que éste entregue y firme la documentación. Una vez aprobado el préstamo, éste se depositará en la misma cuenta bancaria donde se recibe la pensión.

Explicó Díaz González que este servicio incorpora elementos para la validación automática de la información personal del solicitante y de su capacidad de crédito (elimina el informe de pago como requisito).

Adicionalmente, permite al pensionado que tiene préstamos vigentes, reestructurar con la misma entidad financiera o cambiar a otra entidad financiera, para mejorar las condiciones del préstamo actual.

 

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Díaz González añadió que para acceder a esta prestación la persona debe acreditar ser población pensionada al amparo de la LSS 1973, que el descuento mensual del préstamo no exceda el 30% del monto de la pensión mensual y que el importe de la pensión no se reduzca a una cantidad inferior a la pensión garantizada.

En ese sentido, resaltó que se limita el préstamo a ese porcentaje (30%) de la pensión mensual, con la finalidad de proteger los ingresos de las y los pensionados.

LALC

 

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