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CONTROVERSIAS

Suprema Corte anula aprehensión a Cabeza de Vaca por lavado y delincuencia organizada

FGR nunca ejecutó la orden contra el Gobernador de Tamaulipas, García Cabeza de Vaca, debido a la suspensión que le concedió un juez federal de Reynosa en un amparo.

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Suprema Corte anula aprehensión a Cabeza de Vaca por lavado y delincuencia organizada
El juez Zeferino y la PGR invadieron las atribuciones exclusivas del Congreso de Tamaulipas . @elnorte

Ciudad de México.-  La Suprema Corte de Justicia anuló hoy la orden de aprehensión por lavado de dinero y delincuencia organizada que enfrentaba desde el 18 mayo de 2021 el Gobernador panista de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

La Primera Sala de la Corte invalidó por unanimidad la orden, librada por el juez federal Iván Zeferino Hernández en la causa penal 139/2021, así como la solicitud que presentó a dicho juez la Fiscalía General de la República (FGR).

Según la Corte, no se podía ejercer acción penal contra el Gobernador, porque el Congreso de Tamaulipas rechazó homologar el desafuero aprobado en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2021.

La sentencia de hoy en la controversia 70/2021 no absuelve al Gobernador de los delitos que se le imputan, pero la FGR tendrá que esperar a que termine su sexenio, el 30 de septiembre de este año, para poder acusarlo de nuevo.

Cabe recordar que la FGR nunca pudo ejecutar la orden contra García Cabeza de Vaca, debido a la suspensión que le concedió un juez federal de Reynosa en un amparo, precisamente porque existía la duda sobre la subsistencia del fuero.

Desde que las controversias constitucionales fueron reglamentadas en 1995, es la primera vez que la Corte invalida un acto de otro órgano del Poder Judicial Federal, en este caso, el juez Zeferino, quien, en conjunto con la FGR, invadieron las atribuciones exclusivas del Congreso de Tamaulipas.

Tanto el Pleno de la Corte en varios precedentes ignorados por Zeferino, como ahora la Primera Sala, han establecido que, para ejercer acción penal contra un alto funcionario estatal por un delito federal, no basta el desafuero en la Cámara de Diputados, sino que se requiere la autorización de la legislatura local, actuando de manera autónoma e independiente a la decisión federal.

Lo anterior está previsto en el artículo 111 de la Constitución, como salvaguarda a la soberanía de los Estados, de tal modo que sus funcionarios no queden a merced de acciones unilaterales de los poderes y órganos federales.

El Ministro Juan Luis González Alcántara, autor de la sentencia aprobada hoy, sostuvo este criterio en mayo de 2021, cuando inicialmente no quiso admitir la primera controversia del Congreso de Tamaulipas contra el desafuero.

El Ministro afirmó en esa ocasión que no había controversia que dirimir, porque la legislatura estatal ya había rechazado homologar el desafuero de García Cabeza de Vaca, y por tanto solo se le podía perseguir una vez terminada su Administración.

Al votar hoy esta controversia, la número 50/2021, la Primera Sala reconoció la validez del proceso de desafuero o declaración de procedencia realizado en la Cámara de Diputados contra García Cabeza de Vaca, sin que esto implique reconocer que el Gobernador perdió su inmunidad procesal.

 

PM

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