Guanajuato.- El abogado Juan Manuel Álvarez González consideró que se debe incluir la geolocalización en la tipificación de las agresiones con violencia digital, ya que hoy es posible hacerlo, pues existen dispositivos tecnológicos para ello.
También consideró conveniente crear un tipo agravado cuando las víctimas sean mujeres, niños, niñas, adolescentes y adultos mayores, cuando el agresor sea un superior jerárquico y cuando vaya al lugar de trabajo o casa de la víctima.
Esto lo expuso en el Foro de Violencia Digital contra Mujeres, Adolescentes y Niñas en Razón de Género, organizado por el Congreso del Estado sobre la iniciativa del PAN para agregar al delito de acecho la conducta de violencia digital.
La diputada Susana Bermúdez Cano, autora de la iniciativa, recordó que ya existe desde hace varios años en Guanajuato el delito de afectación a la intimidad, también llamado Ley Olimpia, que sanciona la difusión de imágenes de contenido sexual sin consentimiento de quienes aparecen ahí.
El agregado que se propone es para sancionar la difusión de imágenes o grabaciones de contenido sexual que sean reales o creadas y alteradas mediante inteligencia artificial.
La iniciativa fue presentada el 2 de febrero pasado y plantea que la definición de violencia digital se trata de una conducta dolosa basada en el género. Se incorpora como parte de la descripción de este tipo de violencia la creación de contenidos alterados mediante inteligencia artificial, reconociendo que hoy es posible fabricar imágenes o videos íntimos falsos que, aun siendo creados digitalmente, producen un daño real y, sobre todo, profundo en la víctima, en las vidas de las víctimas.
En el ámbito penal se modifica el delito de acecho para establecer expresamente que puede cometerse mediante aplicaciones o programas tecnológicos digitales, lo que incluye la instalación de dispositivos de geolocalización sin consentimiento o el uso de software espía y vigilar a una mujer.
Adicionalmente, se incorpora un nuevo tipo penal para sancionar la instigación o apología de delitos que atentan contra la dignidad humana o la integridad física o psicológica de las mujeres cuando se realicen a través de medios electrónicos o tecnologías de transmisión de datos.
En el foro de consulta, Juan Manuel Álvarez también coincidió en que este delito se persiga por querella; es decir, por la denuncia de los afectados, excepto cuando sean menores de edad y mujeres, se persiga de oficio.
También propuso que cuando se trate de conductas realizadas por periodistas o en ejercicio de la libertad de expresión y los derechos humanos, no se aplique este delito.
Propone crear en Código Penal un capítulo de delitos por razones de género
Carolina Velázquez, de la Fiscalía del Estado, consideró necesario crear dentro del Código Penal un capítulo de delitos por razones de género, como se ha hecho en otros estados, como Veracruz, donde dijo que, aunque fue impugnado, ya fue validado por tribunales.
“Porque vivimos discursos de odio en redes sociales, como el 8 de marzo (Día Internacional de la Mujer), hubo muchos: las vamos a matar, las vamos a quemar”, refirió.
La diputada Susana Bermúdez Cano alertó que las agresiones a través de medios digitales pueden llegar hasta el suicidio. Refirió que en México, 10.5 millones de mujeres han sido víctimas de ciberacoso.
Señaló que la propuesta parte de reconocer que la violencia contra las mujeres ha encontrado en las redes sociales, plataformas tecnológicas, aplicaciones de mensajería y sistemas de inteligencia artificial nuevos espacios para reproducirse y amplificarse.
“La violencia digital no es un fenómeno aislado ni meramente tecnológico, es una manifestación contemporánea de las desigualdades estructurales que históricamente han limitado la libertad y la dignidad de las mujeres, niñas y adolescentes”, afirmó.
Subrayó que el desarrollo de la inteligencia artificial obliga a revisar permanentemente las normas, pues actualmente es posible colocar digitalmente el rostro o la identidad de una persona en situaciones que nunca ocurrieron, con consecuencias que pueden trascender las pantallas y afectar profundamente su entorno familiar, escolar, profesional y social.
Nancy Navarrete Arias, juez del Primer Tribunal Laboral Federal en Asuntos Individuales, con 25 años de experiencia, comentó que la difamación, el ciberacoso y los discursos de odio son las conductas más recurrentes de agresión a las mujeres.
“La violencia digital no solo puede afectar la reputación de una mujeres, sino su libertad para actuar en la vida pública: una deja de publicar, otra deja de opinar, otra cierra su cuenta”.
Señaló que para frenar las nuevas formas de violencia, no basta legislar, sino identificar patrones de conducta de hostigamiento, que puede formar un patrón.
“Una mujer no tiene que sufrir hostigamiento por participar públicamente u ocupar un espacio”, afirmó.
María de los Ángeles Madera, titular de la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos contra las Mujeres en Razón de Género de la región A, o sea, de León, consideró necesaria la reforma porque dijo: “Creo que el Código Penal ya se encontraba obsoleto en esta materia”.
RAA