Guanajuato.- El pleno del Congreso de Guanajuato aprobó este jueves reformas para castigar el acoso sexual de servidores públicos, a propuesta de la gobernadora Libia García Muñoz Ledo. Esta acción ocurre tras la publicación en AM respecto a que la Secretaría de Salud encubre el acoso y simula la atención a víctimas.

La investigación de AM comenzó en febrero de 2024. En ella, se confirmó que la Secretaría de Salud concentra el mayor número de denuncias por acoso sexual y laboral en el Gobierno estatal entre 51 dependencias. Dicha dependencia acumula al menos 19 recomendaciones de la Procuraduría de Derechos Humanos.

Otro dato que revela la problemática es que del 2018 al 18 de septiembre de 2025 se presentaron 264 denuncias por hostigamiento, acoso y abuso sexual contra funcionarios del Gobierno del Estado.

Herramientas para castigar la conducta

El trámite legislativo consistió en reformarse la Ley de Responsabilidades Administrativas a fin de establecer el acoso sexual como una falta administrativa grave.

Al presentar la iniciativa, la gobernadora afirmó que, aunque el acoso sexual ya es considerado un delito, no estaba considerado como una falta administrativa grave. Por ello, cuando una mujer denuncia al interior de las administraciones públicas, las autoridades se veían obligadas a despedir al agresor por otra causa, lo cual, a su juicio, no es justicia para la víctima.

De acuerdo con la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, el Tribunal de Justicia Administrativa sancionará las faltas administrativas de los servidores públicos catalogadas como graves.

Las modificaciones aprobadas por el Congreso contemplan que se considere como acoso sexual de servidores públicos a quien, con fines sexuales o lascivos, asedie, produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente a una persona, independientemente de que el comportamiento ocurra en uno o varios eventos e incluso si no existe una relación de subordinación.

De acuerdo con la reforma, también se equiparará como acoso sexual de servidores públicos a:

  • Las conductas de violencia sexual que realice la persona servidora pública valiéndose de su empleo, cargo o comisión.
  • Quien permita, tolere o facilite la realización de conductas de acoso sexual.
  • Quien grabe, reproduzca, fije, publique, ofrezca, almacene, exponga, envíe, transmita, importe o exporte de cualquier forma imágenes, textos, sonidos o la voz, de una persona, sea servidora pública o no, sin consentimiento y con propósitos lascivos o eróticos.

Diputados hablan de ‘paso firme’ y cero tolerancia

El diputado Antonio Chaurand Sorzano de Morena expresó que la propuesta es un paso firme para prevenir, sancionar y eliminar conductas que atentan contra la dignidad de las personas y que no pueden tener cabida en un servicio público ético.

Añadió que el dictamen dota a las instituciones de herramientas para actuar con prontitud ante un problema que ha sido minimizado en años anteriores.

Chaurand puntualizó que la propuesta define con precisión lo que constituye el acto, lo que permitirá sancionar y disuadir a quienes pretendan incurrir en este tipo. Con los cambios a la normativa, el acoso sexual se eleva como falta grave, con sanciones más significativas, lo que representa un mensaje inequívoco de cero tolerancia para las agresiones en la administración pública.

La diputada del PAN, Susana Bermúdez Cano, enfatizó que el acoso sexual es una forma de violencia que afecta a todas las personas, especialmente a las mujeres.

Mencionó que esa conducta constituye una violación a los derechos humanos y representa un obstáculo para la igualdad sustantiva, ya que impacta de manera desproporcionada a las mujeres por razones de género.

Por ello, destacó que el dictamen propone la adición de porciones normativas para tipificar el acoso sexual de servidores públicos como falta administrativa grave cometida por personas servidoras públicas.

“Considerar esa conducta como falta administrativa grave es indispensable para prevenir y sancionar el acoso en el servicio público, promover la cero tolerancia a la discriminación, y generar un efecto disuasorio y punitivo que evidencie el daño que implica, imponiendo consecuencias a quienes infringen la norma”, agregó Bermúdez.

El diputado Sergio Alejandro Contreras Guerrero presentó una reserva a la fracción III del artículo 57 bis. Esto se hizo para fortalecer la claridad y precisión normativa con base en el principio de tipicidad administrativa, el cual exige que las sanciones administrativas deben estar suficientemente descritas en la Ley.

La reserva aprobada dejó el apartado de la siguiente manera: Fracción III. Participe, directa o indirectamente, en la realización de conductas de acoso sexual, así como cualquiera de las referidas en el presente artículo.

El dictamen y la reserva fueron aprobados por unanimidad.

Los datos de AM: la Salud pública en el centro

AM publicó el 27 de octubre pasado que la Secretaría de Salud Guanajuato encubre casos de acoso y simula atención a víctimas durante años. Esa investigación documenta 288 denuncias que chocan con simulación: reubicaciones, silencios y 19 recomendaciones sin consecuencias.

La Secretaría de Salud encabeza la lista de denuncias por hostigamiento, acoso y abuso sexual contra funcionarios públicos, con 97 casos. Le sigue la Secretaría de Educación de Guanajuato con 90 denuncias.

El Colegio de Educación Profesional Técnica registró 8 denuncias, en tanto que las secretarías de Finanzas, de Gobierno y la Universidad Tecnológica de San Miguel de Allende sumaron 7 denuncias cada uno.

En el Instituto de Alfabetización y Educación Básica para Adultos se presentaron 4 denuncias. Por su parte, el ISSEG, el Instituto Tecnológico de Salvatierra, la PAOT, la Secretaría del Nuevo Comienzo, el Sistema DIF estatal y el SABES registraron 3 denuncias cada uno.

Otras 7 dependencias registraron dos denuncias cada una, y 9 más registraron una denuncia, para sumar un total de 264.

¿Cómo se castigaba el acoso antes de la reforma?

El acoso sexual en Guanajuato se tipifica en el Código Penal del estado y se sanciona con penas de seis meses a dos años de prisión y multa de cinco a veinte días, según el artículo 187-a.

HLL

450 Historias de León

Acompáñanos en un recorrido por la historia de León. Recibe en tu correo relatos sobre personajes, barrios, tradiciones y momentos clave, que celebran la identidad leonesa, en el marco de los 450 años de nuestra ciudad.