Desde cuatro mil hasta 400 mil pesos es la sanción para las empresas que no cumplan con el pago de aguinaldo antes del 20 diciembre.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el patrón que no pague oportunamente la gratificación anual, o lo haga por un monto menor, se hará acreedor a una sanción por el equivalente de 50 a 5 mil veces el salario mínimo general.

La prestación no debe ser objeto de ningún descuento, salvo que se trate de anticipos a cuenta del mismo o por motivo de pensiones alimenticias; tampoco deberán descontarse los días de incapacidad por maternidad, paternidad o riesgos de trabajo, sufridos durante el año.

Finalmente, la STPSH hizo un llamado a los empleados que no hayan recibido su aguinaldo a que presenten su denuncia ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, ubicada en el bulevar Ramón G. Bonfil, 1504, fraccionamiento Arboledas de San Javier, en Pachuca.

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