Vinculan a exfuncionario de Rosario Robles por caso Estafa Maestra
La FGR consiguió que un juez federal vinculara a proceso a Ramón Sosamontes, ex jefe de Oficina de la Sedesol durante la gestión de Rosario Robles.
Ciudad de México.- La Fiscalía General de la República finalmente consiguió que un juez federal vinculara a proceso a Ramón Sosamontes, exJefe de Oficina de la Sedesol con Rosario Robles, por un contrato presuntamente ilegal de más de 353 millones de pesos en el caso de la Estafa Maestra.
José Rivas González, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, procesó al ex funcionario por el delito de uso indebido de atribuciones y facultades, al estimar que por ahora existen los datos para presumir la existencia del ilícito y la probable relación del imputado con el mismo.
Durante una audiencia de poco más de una hora y media, celebrada ayer, el juzgador dejó que Sosamontes lleve su proceso en libertad, con sólo dos medidas cautelares: la entrega de su pasaporte y la prohibición de salir del país, salvo con autorización judicial.
También fijó un plazo de tres meses para la investigación complementaria, temporalidad que la FGR dijo que empleará para tratar de localizar a los apoderados y accionistas de 32 empresas implicadas en la investigación.
Sosamontes fue procesado hasta el segundo intento que hizo la Fiscalía ante la justicia federal.
El pasado 1 de febrero, el juez de control federal Gustavo Aquiles Villaseñor resolvió no vincularlo a proceso por un convenio que suscribió la Sedesol con Radio y Televisión de Hidalgo (RTH) el 20 de enero de 2015, por una suma de 203.7 millones de pesos.
Este contrato era para los spots de la campaña publicitaria "Dos años cumpliendo", de la Cruzada contra el Hambre. El juez no halló elementos de delito.
Ahora la Fiscalía consiguió que lo procesaran por un convenio que suscribió el 17 de marzo de 2014 la Sedesol con RTH, por un monto de 353 millones 652 mil 249.40 pesos.
El servicio que debía prestar RTH consistía en levantar materiales de audio, video y fotografía, para elaborar historias de los derechohabientes beneficiados por la "Cruzada Nacional contra el Hambre".
En la audiencia, los fiscales Mónica Martell y Mario Fonseca plantearon que RTH no reunía las capacidades para brindar los servicios y tuvo que subcontratar más del 49 por ciento del convenio, tope máximo que establece la Ley de Adquisiciones, lo que constituye una ilegalidad esencial.
De los más de 353.6 millones del convenio, RTH subcontrató 348 millones con 30 personas morales y 2 físicas, lo que constituye el 94.5 por ciento del total.
También imputaron que Sosamontes, como firmante del convenio, debió publicar en Compranet y la página de internet de la Sedesol la convocatoria para que los proveedores compitieran por el contrato.
El juez Rivas González advirtió que en este caso no se advierte que hubiese una urgencia como para haber prescindido del procedimiento de licitación y adjudicar directamente el contrato a RTH.
"¿Cómo es posible que se contrate una empresa cuando pudo haberlo hecho con varias, cuando va de por medio la Hacienda Pública?", cuestionó el juez Rivas González.
"No se le atribuye que no haya vigilado el cumplimiento del contrato, sino la contratación. No puede decir que no es su firma, tuvo acceso a la carpeta de investigación (...) no se le hizo nugatorio el derecho de demostrar que la firma no es la de usted".
La defensa de Sosamontes, a cargo del abogado Ángel Echagaray, planteó entre otros argumentos que la Ley de Adquisiciones no era aplicable a Sosamontes, porque dicha norma sólo está prevista para contratos entre dependencias federales y entes públicos descentralizados como RTH.
La fiscal Martel reviró que esta regla tiene una excepción: que la entidad gubernamental contratada tenga la capacidad de cumplimiento y, cuando no es así, la Ley de Adquisiciones es aplicable.
El defensor también esgrimió otro argumento con el que uno de los implicados en la Estafa Maestra ya fue absuelto y que consiste en que la imputación de la FGR se basa en una violación al Reglamento y no a la Ley de Adquisiciones, por lo que la conducta es una infracción administrativa y no un delito.
El juez Rivas González, sin abundar al respecto, mencionó que estos elementos normativos debían plantearse en la etapa de juicio.
Al salir del recinto judicial, el abogado Echegaray dijo que no compartía el criterio del juzgador y que apelará la vinculación a proceso.
HLL
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