El presidente Enrique Peña Nieto reformó el Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos justo cuando la Suprema Corte de Justicia alistaba la discusión sobre la legalidad de las máquinas tragamonedas.
El Ejecutivo publicó el pasado miércoles en el Diario Oficial de la Federación la modificación al artículo 12 de dicho reglamento en el que se aclara que son ilegales las tragamonedas en todas sus modalidades.
No obstante, valida los llamados “sorteos de números o símbolos a través máquinas”, que es el eufemismo con el que, durante años, se toleró la instalación de cientos de miles de tragamonedas en casinos de todo el País.
Ese mismo día fue retirado de la lista de asuntos de la Corte el proyecto de sentencia del ministro Alberto Pérez Dayán, que declaraba la invalidez de la legalización de las tragamonedas.
En octubre de 2012, el entonces presidente Felipe Calderón había reformado el Reglamento para aclarar que las tragamonedas estaban prohibidas, salvo las que contaran con el permiso de Gobernación.
La Cámara de Diputados impugnó dicha modificación ante la Corte, pues la Ley Federal de Juegos y Sorteos, que no ha sido reformada desde 1947, prohíbe las tragamonedas sin hacer distinciones.
“Los avances tecnológicos propician juegos como los autorizados por la ley y que podrían practicarse en máquinas tragamonedas, sin embargo la autorización de su uso sólo podría estar contenido en la ley y no en el Reglamento”, decía el proyecto de Pérez Dayán.
Si la Corte hubiera declarado la invalidez de la reforma de Calderón -para lo que se requerían ocho de once votos-, la sentencia no hubiera tenido efectos retroactivos, pero sí hubiera dificultado la instalación de tragamonedas en nuevos casinos, o de máquinas adicionales en los que ya operan.
Para que pueda seguir la instalación de tragamonedas en los casinos, Peña Nieto agregó un capítulo a la sección de sorteos del Reglamento en el que se especifica que se permiten los sorteos de números o símbolos por medio de máquinas.
Los requisitos son: ser permisionario de Gobernación, acreditar la fabricación en México o legal importación de las máquinas, y presentar la relación del número de máquinas por casino.
“Se entiende por máquina tragamonedas todo dispositivo, a través del cual el usuario, sujeto a la destreza, realiza una apuesta, mediante la inserción de dinero, ficha, dispositivo electrónico o cualquier objeto de pago, con la finalidad de obtener un premio no determinado de antemano”, dice la reforma de Peña.
En cambio, se aclara que no son tragamonedas las máquinas expendedoras que entregan bienes o servicios, los tocadiscos, videodiscos o aparatos de competencia pura o deporte, ni tampoco las terminales que permiten apostar a eventos deportivos o carreras de caballos.