En opinión del presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), Mauricio Enrique Guzmán Yáñez, deberá ser el nuevo ayuntamiento electo de Jérecuaro el encargado de designar al presidente municipal sustituto, ante el asesinato del alcalde electo Rogelio Sánchez Galán.
Aseguró que de acuerdo con el artículo 55 Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el ayuntamiento tiene la atribución de nombrar a presidente municipal sustituto por falta absoluta de presidente municipal electo, por estado de interdicción declarado en sentencia judicial firme, revocación de mandato y por declaración de procedencia.
Guzmán Yáñez aseguró que en el asunto no procedería una elección extraordinaria o comicios especiales, ya que no hay una nulidad de elección de gobernador, de diputado o de ayuntamiento.
“No es el caso, se habla de una elección extraordinaria cuando hay la ausencia total o la falta absoluta del gobernador en los primeros tres años o de diputados en los primeros dos años, pero obviamente no de los ayuntamiento y como saben las elecciones especiales son para cuando hay empate en alguna elección”, detalló.
En contraparte explicó que la Ley Orgánica Municipal en sus artículo 55 establece que el ayuntamiento procederá a nombrar por mayoría absoluta de votos un presidente municipal sustituto sólo en cuatro casos.
Por falta absoluta de presidente municipal electo, por estado de interdicción declarado en sentencia judicial firme, revocación de mandato y por declaración de procedencia.
“Nosotros revisamos la Ley Electoral para determinar si es que hubiese alguna decisión que se tuviera que tomar ahora o después y advertimos que no la hay, porque la Ley Orgánica Municipal establece cuando hay la falta absoluta de presidente municipal electo y señala también que el ayuntamiento se integre incluso ante la ausencia del presidente municipal, que haga la veces el síndico, que se designe al sustituto, ese es el procedimiento que establece, pero no corresponde al instituto hacer la interpretación de estas normas, estamos limitados a la interpretación de las normas de naturaleza electoral”, subrayó.
Agregó que el artículo 38 de la misma legislación indica que se considera falta absoluta de presidente municipal electo, cuando transcurrido el plazo de 15 días hábiles, no se presente sin causa justificado. En tanto, el primer síndico desempeñará sus funciones.
Y agregó que el artículo 35 cita que si al acto de instalación no asistiera el presidente municipal electo, el ayuntamiento tendrá que instalarse con el primer síndico, quien rendirá protesta y tomará protesta a los demás miembros presentes.
No obstante, el presidente del Consejo General del IEEG reconoció que cabe la posibilidad de que el Congreso local determine que tiene atribuciones en el asunto y que llame a elección extraordinaria o especial.
“Si el Congreso estima que tiene alguna atribución, seguramente la podrá ejercer”, señaló.

…Y Congreso podría citar a elección

El presidente del Congreso local, Luis Felipe Luna Obregón, consideró que el Poder Legislativo deberá conformar un consejo que cite a elección, esto a reserva que con la nueva legislación electoral esto no fuera lo conducente.
“Es un presidente electo, pero no tomó posesión, no tomó protesta de ley, de tal manera que yo creo que lo que va proceder es la instalación de un consejo. No sé si nos toque a esta Legislatura o a la próxima, pero creo que ese es más o menos el proceso que tuviera que seguir este proceso”, señaló en entrevista por separado.
Indicó que la Constitución y la Ley Electoral deberán armonizarse para responder a esta situación, ya que no hay disposiciones especificas en estos casos.
“La Ley Electoral no contempla cómo es que se va a sustituir la presidencia municipal, pero la ley Ley Orgánica Municipal parece dar la respuesta, aunque insisto y aclaro no es un tema que vaya a resolver el Instituto Electoral por salir de su ámbito competencia, pero bueno la Ley Orgánica Municipal habla de un presidente municipal sustituto cuando hay la falta absoluta de presidente municipal electo, aparentemente es la salida legal”, explicó el funcionario electoral.
“Pero tendrá que crearse este consejo, y tendrá que celebrar esa elección”, subrayó y agregó que en todo caso sería de planilla completa, y no sólo de presidente municipal.

PVEM pide justicia

El líder parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Sergio Contreras Guerrero, exigió al Gobierno del Estado realizar una investigación puntual para esclarecer el asesinato del alcalde electo de Jerécuaro, Rogelio Sánchez Galán, y reconocer que la entidad no es tan tranquila como se ha externado.
Aseguró que el hecho rompe con la paz social y lamentó el Sánchez Galán se sume a una larga lista de personas que han perdido de la vida a manos de la violencia que ha azotado a Guanajuato.

Hecho preocupante,asegura Luna Obregón

El presidente del Congreso local, el diputado Luis Felipe Luna Obregón, aseguró que el asesinato del funcionario electo es un hecho preocupante del que deben ocuparse la autoridades.
“Es un hecho muy lamentable, todo mundo coincidimos en ese punto, lamentable, preocupante y de alguna manera creo que es un punto que tenemos que tener muy en consideración para ver qué es lo que está pasando, debemos tomar acciones, ya no nada más reaccionar”, concluyó.

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