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Incurrió Asael Hernández en violencia simbólica de género; Tribunal da vista al IHM y CDHEH

Aunque el Tribunal Electoral de Hidalgo descartó violencia política de género por parte de Asael Hernández, indicó que sí emitió expresiones con estereotipos en perjuicio de mujeres.

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Incurrió Asael Hernández en violencia simbólica de género; Tribunal da vista al IHM y CDHEH

Pese a que no cometió violencia política de género, el exdiputado local panista Asael Hernández Cerón incurrió en violencia simbólica al emitir expresiones con estereotipos de género, por lo que el Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) dio vista al Instituto Hidalguense de las Mujeres (IHM) y a la Comisión de Derechos Humanos del Estado (CDHEH) para que determinen la sanción que corresponda.

En reciente sesión, el Tribunal resolvió el procedimiento especial sancionador con expediente TEEH-PES-113/2022 iniciado por Morena contra Asael Hernández Cerón quien fungía como coordinador político de Acción Nacional en la coalición Va por Hidalgo, por la posible comisión de violencia política de género, así como contra los partidos PAN, PRI y PRD por culpa in vigilando.

Los hechos denunciados corresponden al 9 de abril, durante el mensaje del panista en la galera pública de Coacuilco en Huejutla, en un evento proselitista, político y de campaña de la excandidata Carolina Viggiano de la coalición Va por Hidalgo integrada por los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).

El pleno del TEEH resolvió como inexistente la infracción relativa a la comisión de actos constitutivos de violencia política de género en contra el panista, así como de los partidos en cuestión por culpa in vigilando.

ESTEREOTIPOS POR ROL DE GÉNERO

Sin embargo, el organismo jurisdiccional señaló que en su discurso Hernández Cerón realizó expresiones que constituyen estereotipos de género, como: “¿Quién de ustedes da todo por sus hijos? ¡Quien defiende su casa es la mujer! ¡Quien trabaja desde que amanece, hasta que llega el último a la casa, ya sea los hijos o sea el marido, es la mujer! ¡Quien ve por los hijos, por el esposo, porque la casa este en orden, y porque no falte la comida es la mujer!”

Así como, “¿Apoco no la mujer tiene que ver que con lo que dejan los maridos, con lo que dejamos los maridos en la casa, alcance para todo? Alcance para curar a los hijos cuando se enferman, alcance para la comida, alcance para vestir a todos, para que la casa se mejore”.

El Tribunal indicó que los comentarios parten de una premisa estereotipada y asignan un rol de género a las mujeres en el contexto de estar al pendiente de sus hijos y del marido y hacer que todo alcance en la casa.

Además, precisó que la violencia simbólica es aquella violencia invisible que se reproduce a nivel estructural y normaliza el ejercicio de desigualdad y discriminación en las relaciones sociales por medio del uso de estereotipos de género.

Explicó que aunque se acredita una violencia basada en estereotipos, eso no constituye violencia política en razón de género, pues de ella no se aprecia una acción dirigida a las actoras en su condición de mujer, con un impacto diferenciado de género que les pueda afectar desproporcionadamente, con el objeto de menoscabar o anular sus derechos político-electorales.

Por tanto, el TEEH instruyó a que con copia certificada de la resolución se diera vista al IHM, así como a la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Hidalgo, para que en el ámbito de sus respectivas competencias determinen lo que en derecho proceda respecto de las expresiones denunciadas.

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