Los magistrados civiles del Poder Judicial, la Procuraduría de Justicia y la Coordinación Jurídica de Gobierno se pronunciaron en desacuerdo con la iniciativa de los diputados del PRI de hacer obligatorio en el Código Civil dar alimentos a los hijos no nacidos o prenatales.
“Nosotros consideramos en el Poder Judicial que no es necesaria reforma alguna”, afirmó la magistrada Susana Barragán.
Dijo que no aplica hacer la modificación como está planteada, sino únicamente agregar un párrafo a la disposición ya existente que dijera: “Los padres están obligados a dar alimentos, incluyendo a los prenatales”.
El magistrado Daniel Aguilera Cid planteó que la intención del Poder Judicial es que el primer párrafo del artículo 362 del Código Civil, que define en qué consisten los alimentos, debe quedar igual como está ahora y agregar sólo un segundo párrafo en donde se agregue a este concepto el control médico, el alumbramiento y los gastos de parto.
Elizabeth Durán, directora jurídica de la Procuraduría de Justicia del Estado consideró que no es necesario el agregado en virtud de que las disposiciones existentes, aunque no establezcan este derecho de manera expresa, ya lo contemplan de manera tácita.
Plinio Manuel Martínez Tafoya, director Jurídico de Gobierno del Estado, afirmó que agregar un concepto más de alimentos podría generar confusión, en virtud de que ya existen otros cuatro.
“El quit del asunto es que no se ha reconocido el derecho para el concebido. Los derechos de alimentos son para la madre y los tiene que ejercer la madre”, señaló Jorge Luis Hernández Rivera, coordinador de asesores de los diputados del PRI, sobre el objetivo fundamental de la iniciativa.
En la reunión de trabajo, el diputado priísta Luis Felipe Luna Obregón agregó que los tratados internacionales obligan a establecer este derecho. Y que una de las bondades de la iniciativa es que sea útil a la sociedad y que se haga efectivo el derecho a alimentos prenatales.
Aunque admitió que cuando él fue magistrado, hasta hace algunos años no había ningún caso de demandas por esta causa.