La Sala Regional Toluca del TEPJF revocó la sentencia del Tribunal Electoral (TEEH) que confirmó el oficio de los consejeros del IEEH para negar la solicitud de ampliación del presupuesto a los partidos sobre financiamiento ordinario específico de campaña y bonificación electoral, lo cual fue solicitado por Movimiento Ciudadano.

En sesión pública este día, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el juicio de revisión constitucional ST-JRC-2/2022 promovido por Movimiento Ciudadano para controvertir la resolución del TEEH.

Esto, derivado de un oficio impugnado en primera instancia para que conteste el consejo general del órgano electoral local.

La revocación derivó de la respuesta del consejo general del Instituto Estatal Electoral (IEEH), ya que cuando se trata de cuestiones que puedan incidir en derechos de partidos en un proceso electoral debe atender el pleno. 

El magistrado presidente, Alejandro David Avante Juárez, explicó que Movimiento Ciudadano alegó que debía hacerse un ajuste a los montos de financiamiento.

Situación que fue resuelta por los consejeros de manera individual; sin embargo, esto debió ser dentro del consejo general, no fuera de él. 

“Al consejo general no sólo concurren los consejeros sino los representantes de los partidos políticos y con ello pueden hacer uso de la voz y manifestar sus peticiones. Debe ser resuelta por el consejo general no solo por quienes votan sino por quienes tienen voz”, explicó. 

Por tanto, el pleno votó a favor de revocar la sentencia impugnada, así como el oficio de respuesta de los consejeros del IEEH para que conozca de la petición del promovente

Además de emitir la respuesta en un plazo de siete días naturales contados a partir de la notificación de la sentencia.

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