Durante años Celaya ha estado inmersa en distintas formas y grados de violencia, y desde luego que no son actos al margen de la legalidad. Algunas pareciera que son inofensivos e incluso, se usan como acto de celebración. Sí, me refiero al uso de cohetes o petardos.

Desde la tragedia del domingo negro, está prohibida la posesión, venta, comercialización o uso de los artefactos explosivos llamados cohetes. Sin embargo, esa actividad ilegal no se ha detenido. El último esfuerzo importante en relación a los decomisos se hizo en el gobierno de Elvira Paniagua (2018-2021).

Para que usted tenga un punto de comparación, en la tragedia de 1999, en Antonio Plaza, el Ministerio Público Federal calculó que explotaron 7.2 toneladas. Imagine cuántas toneladas se venden de manera ilegal, después de 26 años. 

He señalado que la pirotecnia representa un peligro debido a su capacidad de liberar sustancias tóxicas en el entorno. Dicha actividad, implica el manejo de sustancias químicas y materiales peligrosos, los cuales presentan características explosivas, inflamables y tóxicas. 

La quema masiva de pirotecnia genera un aumento en el nivel de material particulado (PM 2.5 y PM 10) en el aire, cuya composición incluye metales, además se generan gases de efecto invernadero como ozono, dióxido de carbono y dióxido de nitrógeno nocivos para la salud. 

En los cuerpos de agua y suelos cercanos a sitios de quema o de producción, se ha demostrado que existe un incremento de perclorato (ClO4-) importante componente utilizado en la formulación de pirotecnia y, está asociado a diversos problemas de salud. La quema “accidental” de pastizales, y la basura de su entorno como llantas, plásticos y la misma maleza son un foco de emisiones toxicas para el organismo humano.

Ahora, el hecho público y notorio de su uso sin control, lo observamos, lo escuchamos y lo sentimos en las fechas de celebraciones. Las quejas, las molestias, la contaminación, el daño a inmuebles, a personas enfermas, a mascotas cada vez es mayor, pero el gobierno municipal omite su responsabilidad fundamental: proteger la integridad física y patrimonial de los celayenses. 

Esto nos lleva a una terrible ironía, hay que defendernos de quien debería protegernos. Sí, la última opción es jurídica, e implica demandar al municipio por negligencia, tolerancia, omisión o comisión.

Es real la posibilidad jurídica de demandar al municipio por los efectos negativos de la pirotecnia en poblaciones vulnerables (niños autistas, personas hospitalizadas, personas con crisis nerviosas, animales domésticos). Le explico en detalle:

Fundamentos jurídicos de responsabilidad municipal

El municipio tiene Obligación constitucional y legal conforme al Artículo 115 de la Constitución Mexicana: otorga a los municipios la responsabilidad de la seguridad pública y la protección de la población en su territorio; la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (LFAFE), le permite a la SEDENA regular permisos, pero el artículo 39 obliga a las autoridades locales a intervenir en la seguridad y ubicación de establecimientos con explosivos; la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), reconoce el derecho a un ambiente sano, lo que incluye evitar contaminación acústica y química derivada de la pirotecnia; la Ley General de Salud, protege la integridad física y mental, lo que puede vincularse a daños en personas hospitalizadas o con condiciones neurológicas. Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato, reconoce a los animales como seres sintientes, y establece sanciones por maltrato, y penas de cárcel para quienes cometan actos de crueldad o maltrato animal. 

Tipos de responsabilidad aplicables.

Responsabilidad administrativa: por omisión en la fiscalización de la venta ilegal de cohetes en mercados, tianguis, y vía pública. Responsabilidad civil: el municipio puede ser demandado por daños y perjuicios si se demuestra que la omisión o tolerancia causó afectaciones directas (ejemplo: crisis nerviosas en niños autistas, daños a animales domésticos, incendios). Responsabilidad penal indirecta: en casos de tragedias mayores (como el Domingo Negro de 1999), funcionarios municipales pueden ser considerados corresponsables por negligencia.

Sujetos afectados. 

Niños autistas: el ruido explosivo puede provocar crisis severas, lo que se considera daño a la salud mental. Personas hospitalizadas: el humo el ruido y vibraciones pueden agravar condiciones médicas. Personas con crisis nerviosas: la exposición a explosiones puede detonar ataques de ansiedad o pánico. Animales domésticos: la ley de protección animal en Guanajuato reconoce el deber de evitar sufrimiento innecesario, lo que incluye daños por pirotecnia.

Procedimientos posibles.

Juicio de responsabilidad patrimonial del Estado: previsto en la Constitución y leyes locales, permite reclamar indemnización cuando una autoridad causa daño por acción u omisión. Acciones colectivas: pueden interponerse por grupos afectados (vecinos, asociaciones de padres, protectores de animales). Quejas ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos: por violación al derecho a la salud, a la paz y a un ambiente sano.

De acuerdo a lo anterior, le comento, sí se puede demandar al municipio por los efectos de la pirotecnia en poblaciones vulnerables, siempre que se demuestre que hubo omisión en la fiscalización, tolerancia a la venta ilegal o negligencia en la prevención. Igualmente, por los incendios. El camino más sólido es a través de la responsabilidad patrimonial del Estado, y acciones colectivas que documenten los daños con imágenes, audios, certificados médicos, testigos, pruebas de llamadas al 91, avisos de monitoreo de (número de folio).

Desde luego, se requiere un procedimiento concreto como reunir pruebas, presentarlas en la instancia que corresponda y plantear adecuadamente la demanda, este camino no es nada del otro mundo. Link para descargar archivos: https://drive.google.com/drive/folders/1BPJzxdletEhCN8is9OJfmijeViZcr0Ck?usp=drive_link donde podrá encontrar un formulario que le servirá para proceder a defenderse en caso de que lo requiera, además contará con la asesoría legal en línea, de un especialista. 

Cuando la ciudadanía ha llegado al punto de defenderse de las autoridades que por mandato constitucional deberían protegerlo y servirle, es que algo muy podrido está en las mentes y corazones de los servidores públicos. Celaya, necesita un gobierno sin pretextos y mentiras.

REVOLCADERO UN DIA NORMAL. Jueves 18 de diciembre, el SIMEG, reporta en Celaya, parámetros de medición de contaminante MALA en la estación de Seguridad Publica. Señala riesgos: incremento en la probabilidad de aparición de síntomas respiratorios en personas sensibles (niños, ancianos, personas con deficiencias nutricionales, personas que realizan actividades en exteriores, ciclistas, trabajadores). 

En personas con enfermedades respiratorias (EPOC, asma) y cardiacas (angina de pecho) hay aumento en la probabilidad de agravamiento y disminución en la tolerancia de la actividad física, así como mayor probabilidad de muertes prematuras en personas con enfermedad cardiaca o pulmonar.

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