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Fiscalía General del Estado

Fiscalía de Guanajuato incumplió con obras de infraestructura por 4 millones de pesos, concluye auditoría

La ASEG concluyó que la Fiscalía General del Estado cometió irregularidades en contratos durante 2023; detectó trabajos no realizados en diversas oficinas e instalaciones de la dependencia en varios municipios

Escrito en Guanajuato el
Fiscalía de Guanajuato incumplió con obras de infraestructura por 4 millones de pesos, concluye auditoría
La ASEG detectó que no se ejecutó la remodelación de la Agencia de Investigación Criminal en Guanajuato, por un monto de 130 mil 435.11 pesos.. Foto: Catalina Reyes.

Guanajuato.- Durante 2023, la Fiscalía General del Estado incurrió en nueve irregularidades al otorgar contratos para obras menores, como mantenimiento, remodelación o ampliación de sus diferentes instalaciones en varios municipios.

Las irregularidades consistieron principalmente en obras que fueron pagadas pero no se realizaron. Seis de ellas fueron cuantificadas en 4 millones 340 mil 677 pesos. Todas fueron consideradas como “no solventadas”.

Esto, de acuerdo con el Informe de Resultados de la revisión de la Cuenta Pública de la Fiscalía General del Estado de enero a diciembre de 2023, elaborado por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato (ASEG) y aprobado por el Congreso del Estado el 12 de septiembre, del cual AM tiene copia.

Observación 1: Se autorizó dinero para obras que no se hicieron

La obra: ‘Remodelación para la adecuación de espacio aledaño a las instalaciones de la Agencia de Investigación Criminal para la Unidad de Supervisión de Personal, en el municipio de Guanajuato’, generó tres observaciones diferentes por parte de la ASEG.

La obra fue contratada mediante el procedimiento de ‘adjudicación directa’ y ejecutada bajo el contrato FGEG-DBS-CI-OP-001/2022, firmado el 11 de marzo de 2022, por el Ing. Vicente Carbajal Tapia. El importe de los conceptos observados asciende a 130 mil 435.11 pesos.

Las estimaciones que incluyen los conceptos señalados se pagaron con recursos del Fondo Auxiliar para la Procuración de Justicia.

En la primera observación, se señaló que, con base en los elementos aportados y las diligencias efectuadas, la Fiscalía General del Estado autorizó cantidades en cuatro conceptos, de los cuales no se acredita su ejecución.

Los números generadores de los conceptos observados fueron autorizados por el supervisor de la obra, designado mediante oficio del 10 de marzo de 2022. Posteriormente, se realizó un cambio de supervisor mediante oficio del 6 de diciembre de 2023, quien firmó el Acta de Recepción Física de Trabajos - Parcial - el 29 de diciembre de 2023.

La obra no cuenta con finiquito ni acta entrega-recepción total”, señaló la ASEG.

El 20 de marzo de 2024, se solicitó a la Coordinadora de Auditoría y Enlace de la Fiscalía el expediente de la obra, el registro contable, los comprobantes de pago (cheque o transferencia electrónica) del anticipo y las estimaciones relacionadas con la obra. La funcionaria proporcionó la documentación solicitada en medio magnético con oficio del 4 de abril.

En acta circunstanciada del 30 de abril de 2024, se dejó constancia de la inspección física realizada por personal de la ASEG en conjunto con la supervisora de la obra y la contratista, con el fin de verificar la ejecución de los conceptos de obra.

Los argumentos expuestos por la funcionaria no aportan información adicional que desvirtúe el hecho observado. Se solicitó que proporcionara los documentos, información, argumentación y demás elementos que considerara suficientes para aclarar, atender o solventar la observación.

Como respuesta, el 2 de agosto de 2024, el Titular de la Unidad de Administración y Presupuestación Estratégica de la Fiscalía remitió una respuesta a la observación. 

En esta, se proporcionó copia del oficio número UAPE/525/2024 del 30 de julio de 2024, en el que se acreditaron las gestiones realizadas para que el contratista Vicente Carbajal Tapia exhibiera la documentación comprobatoria de los conceptos no ejecutados o, en su caso, el reintegro por el total de los 130 mil 435.11 pesos correspondientes a los conceptos pagados y no ejecutados.

Además, se proporcionó evidencia de la notificación del acuerdo de inicio del procedimiento de rescisión del contrato FGEG-DBS-CI-OP-001/2022, fechado el 30 de julio de 2024, y notificado al contratista el 1 de agosto de 2024.

Con la evidencia proporcionada, la Fiscalía solicitó a la ASEG que considerara la observación como aclarada, atendida y/o solventada.

Al evaluar la documentación proporcionada, los auditores concluyeron que: “El sujeto fiscalizado no aporta elementos que desvirtúen el hecho observado.

De los argumentos expuestos y la información proporcionada por el sujeto fiscalizado, si bien se presenta la solicitud al contratista de documentación relativa a la ejecución de las cantidades observadas o en su caso del reintegro correspondiente, no se proporciona documentación de respuesta a dicha solicitud, a efecto de ser valorada”.

Destacaron que, aunque se presenta el acuerdo de inicio del procedimiento de rescisión, la verificación del cumplimiento de dicho procedimiento no es materia de análisis para esta observación, ya que no se mencionan en dicho instrumento las cantidades de los conceptos señalados en la observación en materia.

Además, dado que la obra no cuenta con finiquito ni acta de entrega-recepción, el importe señalado en la observación se considera solo de referencia para el ente fiscalizado. Una vez realizado el cierre administrativo de la obra, será posible cuantificar el impacto económico de la irregularidad observada.

Por lo antes expuesto, para efectos de fiscalización, la observación se considera No Solventada, con acciones correctivas pendientes de realizar por el sujeto fiscalizado”, concluyó la ASEG.

Esta observación está relacionada con las dos siguientes: la número 2: Cantidades de insumos en precios unitarios. Contrato FGEG-DBS-CIOP-001/2022 y número 3: Cierre administrativo. Contrato FGEG-DBS-CI-OP-001/2022, ya que se trata del mismo contrato y contratista.

Observación 2: Insumos pagados no aplicados

La observación número 2 se centró en que la Fiscalía autorizó cantidades correspondientes a cuatro conceptos de obra cuyos precios unitarios incluían insumos cuya ejecución no se acreditó, todos relacionados con la misma obra previamente mencionada. Los conceptos observados suman 61 mil 855.16 pesos.

En las mismas fechas que la observación anterior, se solicitó a la Coordinadora de Auditoría y Enlace de la Fiscalía el expediente de la obra, la información relativa al registro contable y los comprobantes de pagos (cheque o transferencia electrónica) del anticipo y estimaciones correspondientes a la obra referida.

Adicionalmente, se pidió que proporcionara los reportes de las pruebas de líquidos penetrantes, así como evidencia fotográfica de la aplicación de dos esmaltes especiales.

Sin embargo, la respuesta de la Coordinadora de Auditoría de la Fiscalía fue que:

Durante la etapa revisada, el personal que conformaba la Coordinación de Infraestructura no realizaron las pruebas de líquidos penetrantes para los conceptos solicitados.

Aunado a lo anterior, no se contaba con fotografías en las cuales se muestren los trabajos de la aplicación de ambos esmaltes”.

Por lo tanto, los auditores señalaron que “los argumentos expuestos por la funcionaria no aportan información adicional que desvirtúe el hecho observado”.

También en esta observación se aplicaron los mismos procedimientos que en la primera: requerimientos al contratista para que exhibiera la documentación comprobatoria de la ejecución de los conceptos o, en su caso, el reintegro del dinero; además, se notificó el acuerdo de inicio del procedimiento de rescisión del contrato.

La ASEG tampoco quedó satisfecha y concluyó: “El sujeto fiscalizado no aporta elementos que desvirtúen el hecho observado”.

Asimismo, agregó que: “Por lo antes expuesto, para efectos de fiscalización la observación se considera No Solventada, con acciones correctivas pendientes de realizar por el sujeto fiscalizado”.

Observación 3: No se aplicó multa a tiempo

La Fiscalía no acreditó la aplicación de una multa al contratista tras autorizar una estimación presentada con una periodicidad mayor a 30 días naturales, correspondiente a la obra “Rehabilitación estructural de la barda perimetral y plaza de acceso principal en el edificio de agencias del Ministerio Público en el municipio de Cortazar”.

La obra fue adjudicada mediante un procedimiento de adjudicación directa y ejecutada bajo el contrato FGEG-DBS-CI-OP-009/2022, firmado el 27 de diciembre de 2022, con la empresa Desarrollo Industrial Constructivo y Procesos Valuatorios, S.A. de C.V. El importe de la sanción no aplicada asciende a 25 mil 229 pesos.

Cuando los auditores solicitaron a la Fiscalía una explicación por este incumplimiento, el organismo presentó una copia del documento contable del 15 de julio de 2024, que acredita la imposición de la sanción al contratista Desarrollo Industrial Constructivo y Procesos Valuatorios, S.A. de C.V. por la cantidad correspondiente.

No obstante, los auditores consideraron insuficiente esta acción y declararon la observación como No Solventada, aunque sin acciones pendientes de realizar por parte del sujeto fiscalizado.

Observación 4: Se pagó remodelación de baños, pero no se realizó

La Fiscalía autorizó cantidades en tres conceptos cuyos trabajos no se acreditaron, correspondientes al servicio “Adecuación de módulos de sanitarios en la Fiscalía Regional ‘D’, en San Miguel de Allende”.

El servicio fue contratado mediante adjudicación directa con cotización de tres proveedores y ejecutado bajo el contrato FGEG-DBS/598/2022, firmado el 9 de diciembre de 2022, con la empresa Renueva Edificaciones del Bajío, S.A. de C.V. El monto observado asciende a 34 mil 890.90 pesos.

En un acta circunstanciada del 3 de mayo de 2024, personal de la ASEG, junto con personal adscrito a la Coordinación de Infraestructura de la Fiscalía, realizó una inspección física para verificar la ejecución de los conceptos contratados.

Posteriormente, el 2 de agosto de 2024, el Titular de la Unidad de Administración y Presupuestación Estratégica de la Fiscalía informó que solicitó a la empresa Renueva Edificaciones del Bajío la presentación de la documentación comprobatoria de la ejecución de los conceptos o, en su defecto, el reintegro del monto observado de 34 mil 890.90 pesos.

Sin embargo, los auditores consideraron insuficientes estas acciones y concluyeron que “la observación se considera No Solventada, con acciones de impacto económico pendientes de realizar por el sujeto fiscalizado”.

Aunque el informe no especifica cuáles son estas acciones, en casos similares procede interponer una demanda civil para recuperar el dinero.

Observación 5: Remodelación de oficinas

La Fiscalía autorizó un monto en un concepto cuya ejecución no fue acreditada, relacionado con el servicio de “Adecuación de espacios para la Unidad de Planeación y Coordinación Estratégica”.

El servicio fue contratado mediante adjudicación directa con cotización de tres proveedores y ejecutado bajo el contrato FGEG-DBS/671/2022, firmado el 26 de diciembre de 2022, con la empresa Renueva Edificaciones del Bajío, S.A. de C.V. El monto observado asciende a 17 mil 970.07 pesos.

Cuando los auditores solicitaron la explicación correspondiente, el Titular de la Unidad de Administración y Presupuestación Estratégica de la Fiscalía entregó una copia del oficio del 30 de julio de 2024

En este documento se acredita que la Fiscalía gestionó con el contratista Renueva Edificaciones del Bajío, S.A. de C.V., la presentación de la documentación comprobatoria de la ejecución del concepto o, en su defecto, el reintegro del monto observado de 17 mil 970.07 pesos.

Sin embargo, debido a que la empresa no proporcionó la documentación requerida en respuesta a esta solicitud, los auditores concluyeron que “para efectos de fiscalización la observación se considera No Solventada, con acciones de impacto económico pendientes de realizar por el sujeto fiscalizado”.

Observación 6: Aplicó ley que no correspondía

La Fiscalía celebró los contratos de dos servicios de adecuación bajo el marco de la Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato, cuando, por la naturaleza de los servicios, debieron regirse por la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

El primer servicio, denominado “Adecuación de espacios en la Fiscalía Regional ‘C’, en Celaya”, tuvo un monto contratado neto de 2 millones 70 mil 301.76 pesos.

El segundo servicio, titulado “Servicio de adecuación de espacios para las Agencias del Ministerio Público de las Unidades Especializadas de la Fiscalía Regional ‘B’ en Irapuato”, tuvo un monto contractual de un millón 999 mil 995.77 pesos.

Dado lo anterior, la observación no fue solventada, aunque tampoco quedaron acciones pendientes de realizar por parte del sujeto fiscalizado.

Las tres irregularidades restantes en obra pública se detallan en la edición de mañana.

AAK

 

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Reportera con 28 años de experiencia en medios impresos. Su especialidad es la cobertura de temas políticos: Congresos locales, partidos políticos y órganos electorales. Buscar exclusivas es su método de trabajo número uno. Le interesa y le gusta especialmente extraer notas de documentos, considera que es más valioso, relevante, contundente e irrefutable que las declaraciones de los funcionarios o políticos. Egresada de la carrera en Ciencias de la Comunicación en la UNAM. Cursó un diplomado en Periodismo de Investigación de CIDE y Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad.

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