Guanajuato.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó atraer el juicio penal de un amparo de Guanajuato interpuesto por los acusados de la desaparición de Guadalupe Barajas Piña, después de que en febrero pasado un magistrado federal con sede en nuestro estado pidió que lo hiciera.
Ivette Galván, abogada del Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez, quien lleva el caso, informó en entrevista con AM que la litis de este asunto, es decir, lo que la Suprema Corte tendrá que fijar, son criterios para determinar si se admite o no la retractación de los tres testigos de la desaparición de quien es conocida como “la maestra Lupita”, de Salvatierra.
Y es que explicó que al principio de la investigación, de los tres testigos que declararon ante el Ministerio Público, uno fue presencial y declaró que sí había visto cómo se llevaron a Guadalupe Barajas en contra de su voluntad. Otros dos testigos fueron circunstanciales, pero también declararon que lo que ellos supieron confirmaba la desaparición de Barajas Piña.
Pero tiempo después, durante el juicio, los tres se desdijeron y declararon que ni habían visto nada ni sabían nada de esa desaparición, incluso afirmaron no conocer a los acusados.
“Pero se tienen indicios de que hubo amenazas y coacción a estos testigos” para que se retractaran de sus primeras declaraciones, destacó Ivette Galván.
Admitir las pruebas de que la segunda declaración se emitió bajo amenazas o presión se llama “prueba de refutación”, que es una figura jurídica, explicó.
La abogada precisó que en caso de que se admitiera esa “prueba de refutación, sería demostrar que la prueba fue recabada con las formalidades de ley, y por ende se debería tomar en cuenta”.
Pero aclaró que esta decisión “debe depender de cada caso, es decir, de las circunstancias de criminalidad que permeen, para que si existen elementos de otras pruebas que corroboren el dicho plasmado en las entrevistas de los testigos se podría corroborar que hay elementos que dicen que efectivamente sí fue la primera versión”.
Así que la abogada del Centro de Derechos Humanos explicó que al atraer este juicio, lo cual fue aprobado en la sesión del pleno del miércoles, los ministros de la Suprema Corte tendrán que fijar criterios para decidir cuándo es viable o qué estándar se necesita para realmente tener indicios de que existió amenaza o coacción por parte de la defensa a los testigos de cargo de la Fiscalía.
Hay que aclarar que este es apenas el primer paso para el estudio de fondo por la Suprema Corte, porque solo fue la admisión de la atracción del caso, todavía no se resolvió nada. La resolución será posteriormente, en una fecha indeterminada que solo los ministros decidirán.
La historia del caso
El caso deriva de un proceso penal seguido contra cuatro hombres, por su presunta responsabilidad en el delito de desaparición cometida por particulares agravada, en perjuicio de María Guadalupe Barajas Piña y Ulises Blanco Ledesma, perpetrada el 29 de febrero de 2020 en Salvatierra. Tres de ellos están presos y uno está prófugo.
Entre octubre y noviembre de 2020, durante búsquedas realizadas en un predio en el municipio, se localizaron diversas fosas clandestinas en las que se encontraron restos óseos que, mediante estudios genéticos, fueron identificados como pertenecientes a las víctimas. Los peritajes determinaron que ambas personas murieron a causa de disparos de arma de fuego en el cráneo.
La Fiscalía del Estado inició una investigación sobre la desaparición y los asesinatos.
El 18 de febrero de 2026, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Guanajuato resolvió solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación el ejercicio de su facultad de atracción respecto del juicio de amparo directo 51/2025, al estimar que el asunto plantea cuestiones constitucionales novedosas y de trascendencia relacionadas con la valoración de prueba testimonial en el sistema penal acusatorio.
Sentencian a asesinos de Javier Barajas; familia de buscador exige fin a la impunidad
El 27 de mayo se publicó que Se dictó sentencia condenatoria por el homicidio del buscador Francisco Javier Barajas Piña, contra los dos imputados, quienes previamente habían quedado absueltos en dos oportunidades en tribunales del Poder Judicial Estatal.
De acuerdo al Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), que asesora a los padres de la víctima, el veredicto por lo ocurrido en mayo de 2021 en Salvatierra, Guanajuato, representa un avance por la justicia que debe tener continuidad.
“La sentencia condenatoria dictada por la Séptima Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Guanajuato es un precedente fundamental para los casos de ataques contra personas buscadoras y un mensaje contra la impunidad en el país”, informó el Centro Prodh a través de un comunicado.
“Este fallo representa un mensaje de justicia y no impunidad para la familia Barajas-Piña, para el colectivo Ángeles de pie por ti, y para todos los casos de personas buscadoras asesinadas o desaparecidas en el estado y en el país”.
Es necesario aclarar que uno de los implicados, César Enrique “N”, presentó una apelación que todavía deberá resolverse, pero ya en un tribunal federal. Esta persona también está implicada en el juicio por la desaparición de Guadalupe “Lupita” Barajas Piña, hermana de Francisco Javier.
El fallo por el homicidio de Francisco Javier ocurre luego de un largo camino de procesos judiciales impulsados por sus padres, Javier Barajas y Ma. Tránsito Piña, desde hace casi un lustro. Desde entonces permanecen exiliados, por el riesgo que enfrentan sus vidas por seguir buscando justicia.
“(La sentencia condenatoria) es un apapacho a nuestro corazón, aún cuando sabemos que esto no se termina aquí, que uno de los imputados ya se volvió a amparar. Pero sabemos que nos asiste la razón porque hay muchas pruebas contundentes para que se nos de un fallo a favor y ahorita solo estamos esperando la resolución de la Federación”, afirmó la madre, Tránsito Piña.
Por su parte, Javier Barajas, el padre, afirma que el resultado les da tranquilidad, pues los abogados de los implicados habían argumentado que se vulneró el principio de no contaminación e imparcialidad en el proceso, pues la sentencia (condenatoria) se había emitido en varias ocasiones por una misma sala penal.
Por eso lo tuvo que revisar una instancia nueva, en este caso, la Séptima Sala.
“Al realizarlo otra persona que desconocía completamente los sucesos o las cuestiones que se habían llevado a cabo, nos da una claridad de que hay pruebas contundentes de que estos individuos asesinan a Javier, (de que…) no es capricho de nosotros, es justicia lo que lo que hemos buscado”.
Reconocieron, no obstante, que tienen un desgaste físico y económico, que por fortuna, es llevadero gracias a la asesoría gratuita que les brindan organismos como el Centro Prodh, Será Paz y la ONU, a quienes agradecieron su esmero.
HLL