Magistrados del Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) revocaron el acuerdo que emitió el Instituto Estatal Electoral (IEE) que daba libertad a los partidos políticos de elegir libremente la metodología para la segmentación de los bloques de paridad de género.

Al allegarse del recurso ‘amicus curiae’ o “amigos de la corte”, promovido por la Academia Hidalguense de Educación y Derechos Humanos AC, el magistrado Jesús Raciel Ramírez encontró que el acuerdo IEEH/CG/015/2018 es violatorio de los principios de legalidad, certeza y objetividad.

Dicho acuerdo se votó el pasado 2 de marzo, causando inconformidad entre los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), quienes lo impugnaron ante los tribunales electorales.

Por ello, para que los partidos realicen la selección y postulación de sus candidatos a diputados locales, garantizando la paridad de género, el TEEH ordenó retomar el acuerdo CG/057/2017, en el que se plasma una metodología y que fue aprobado el pasado 15 de diciembre de 2017.

“Se ordena al consejo general del IEE y los partidos políticos, apegarse a lo establecido en dicho acuerdo, ya que en él se constituyó primigeniamente la metodología a seguir por parte de los institutos políticos a fin de garantizar los criterios para la postulación paritaria”, expresó el magistrado.

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