León.- Allan León Aguirre, exsecretario de Vinculación y Atención a los Leoneses, denunció penalmente a un reportero de AM por el supuesto delito de acecho.
Hace un mes, el 25 de junio, el ex funcionario municipal denunció por medio de un video en Facebook que sentía acoso sistemático y una persecución política por la investigación de AM sobre contratos asignados a empresas “fachada” vinculados a él y a su esposa, María Fernanda García Hernández.
En el mensaje, León Aguirre (de quien durante meses se consideró el “delfín” de la presidenta municipal de León, Alejandra Gutiérrez) anunció que ya había presentado una denuncia ante la Fiscalía General del Estado “contra las personas que resulten responsables”. Pero en la denuncia penal presentada, señaló directamente a un reportero de esta casa editorial.
Sin embargo, la defensa del reportero sostiene que la denuncia carece de sustento, pues las veces que este buscó a Allan León fue como parte de su labor periodística y amparado bajo el derecho a la libre expresión.
Por lo pronto, ya se inició una carpeta de investigación.
El 6 de abril de este año, AM publicó una investigación sobre un proveedor del Gobierno de León con presuntas irregularidades. Se trataba de la empresa Office and Publicity MDF S. de R.L. de C.V., la cual recibió 12 contratos del Municipio de León por más de 7 millones de pesos, entre octubre de 2024 y diciembre de 2025. Dicha empresa se constituyó a pesar de que una de las fundadoras desconocía su papel como socia, sumado a que la empresa declaró domicilios en León y la Ciudad de México, en la que no se pudo localizar la presencia física de este negocio.
Como la Secretaría de Vinculación y Atención a los Leoneses estuvo entre las dependencias que entregaron contratos, su entonces titular Allan León, decidió renunciar con carácter inmediato el 17 de abril para facilitar una revisión “objetiva, imparcial y a fondo” de los procesos de contratación.
En las siguientes semanas, AM extendió su investigación a otras empresas con procesos de formación y obtención de contratos similares. El 1 de junio, publicó que existe un vínculo entre tres empresas: Centro Publicitario y de Marketing TLGR, Office And Publicity, y Alfacolor, esta última, propiedad de la familia de María Fernanda, esposa de Allan y entonces consejera del DIF León. El vínculo es Guillermo Bermúdez Gómez, quien firmó documentos en representación de las tres compañías.
AM ha solicitado en repetidas ocasiones una entrevista con el ex secretario y su esposa, pero ambos han rechazado la solicitud e incluso han negado ser propietarios y representantes de Alfacolor, a pesar de existir declaraciones de Allan León en la que se asume como dueño y documentos oficiales de esta empresa firmados por Fernanda García.
El 25 de junio, Allan León acusó en sus redes sociales una persecución, pues aunque respeta los procesos administrativos en atención a la transparencia, era blanco de acoso y persecución política, y anunció que iba a denunciar penalmente.
Este fin de semana, este diario contactó nuevamente a León Aguirre, por mensaje y por llamada, para conocer su postura sobre la denuncia presentada contra nuestro colega, como parte de nuestra política editorial de cubrir las fuentes involucradas en la noticia. No hubo respuesta suya.
“Es un tema particular”: Alcaldesa
AM cuestionó a la alcaldesa Alejandra Gutiérrez Campos sobre la denuncia de Allan León por acecho. Sin embargo, la primera edil rechazó contestar, argumentando desconocimiento del tema.
Aunque se le insistió en que el tema va más allá de un caso específico y presuntamente hay protección para que una persona periodista haga un escrutinio más estricto de un funcionario, o de que si este tipo de acciones podían inhibir o limitar las investigaciones de la prensa, ella rechazó posicionarse.
Alejandra Gutiérrez y Allan León, con una ciudadana. Foto Municipio León.
Sería irresponsable si opino de un tema que no conozco. Cuando son temas de la administración opino, pero son temas personales que desconozco en qué términos fue o cuál es la situación, prefiero no opinar”.
AM también contactó a Jaime Rochín del Rincón, Secretario Técnico del Consejo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y fue a través de la persona vocera de la Secretaría de Gobierno (de la que depende dicho Consejo) que se compartió su postura.
En ella, se reconoce que la investigación periodística, el cuestionamiento y la solicitud de información forman parte de una democracia y deben entenderse como elementos propios de la rendición de cuentas, y que las personas que ejercen un cargo público están sujetos al escrutinio de la sociedad y de los medios de comunicación, algo que establecen estándares nacionales e internacionales en materia de libertad de expresión.
El texto también destaca que las personas servidoras públicas deben asumir un mayor nivel de crítica y de revisión sobre su actuar, privilegiando siempre el respeto a los derechos de todas las personas.
También es cierto que cualquier persona que considere vulnerados sus derechos puede acudir a las instancias legales correspondientes. Será la autoridad competente, y únicamente ella, quien determine los alcances de cada caso conforme al debido proceso.
“En este asunto en particular no corresponde al Consejo emitir un juicio sobre el fondo de la investigación o sobre la denuncia presentada. Sin embargo, sí nos corresponde reiterar que ninguna acción legal debe traducirse en un obstáculo o efecto inhibidor para el ejercicio legítimo del periodismo ni para la libertad de expresión”.
El Consejo Estatal de Protección a Periodistas también señaló que las y los reporteros deben contar con las condiciones necesarias para investigar y documentar asuntos de interés público con libertad y seguridad, al igual que cualquier persona tiene derecho a hacer valer los mecanismos legales que considere procedentes. Ambos derechos, dijo, deben coexistir dentro del Estado de Derecho.
Y aseguró que dará seguimiento al tema.
Denuncia, intento de censura : Activista
Para Raymundo Sandoval, integrante de la Plataforma por la Paz y la Justicia en Guanajuato, el asunto “es grave, por la intención de censura que está detrás. Lo que contradice el artículo 13 de la Convención Americana de la que México es parte”.
(La denuncia de Allan León) intenta pasar como acecho la solicitud de información y los intentos de contacto que un periodista hace para conocer la postura del demandante sobre investigaciones periodísticas de interés público. El periodista cumple su función de cotejar fuentes y ofrecer el derecho a replicar y sostener los argumentos de una persona que presuntamente habría participado en una red de empresas fachada, hechos denunciados penalmente y en los que se presume su participación”.
El activista hizo mención de cómo la organización internacional ARTICLE 19 ha documentado que en México se ha vuelto cada vez más común usar la vía penal, civil o administrativa para presionar a periodistas y voces críticas, en lugar de para resolver conflictos legítimos. Así, entre enero y julio de 2025 (según el informe “Las leyes como mecanismo de censura”) hubo 51 casos de acoso judicial contra 39 periodistas y 12 medios de comunicación.
Esto, de acuerdo a ARTICLE 19, “convierte una figura pensada para proteger a víctimas de acoso digital en una herramienta de censura indirecta contra la crítica al poder”.
Según Sandoval, la organización también advierte que “este tipo de litigios no buscan necesariamente ganar en tribunales, sino desgastar económica y emocionalmente a quienes informan” además de generar un efecto inhibitorio sobre periodistas, medios y ciudadanía, quienes enfrentan incertidumbre sobre qué expresiones podrían derivar en una investigación penal.
También menciona casos donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostiene que usar el derecho penal para castigar críticas periodísticas sobre temas de interés público no puede usarse como una forma de censura.
El defensor de derechos humanos advirtió que el artículo 179-D del Código Penal de Guanajuato, que tipifica el “acecho” con una redacción abierta e imprecisa —”a través de cualquier medio acose o aceche a otra persona amenazando su libertad o seguridad”—, no es claro al definir qué conductas constituyen dicho delito, lo que abre un margen de discrecionalidad que permite que documentar, criticar o exhibir públicamente la conducta de un servidor público en ejercicio de sus funciones (o actos realizados cuando era servidor público) sea reinterpretado como delito.
Un ejemplo reciente fue el caso del activista de seguridad pública Adolfo Enríquez Vanderkam en León en 2019 (hoy occiso) cuando una policía lo denunció por acecho.
La Fiscalía de Guanajuato debe reconocer que los mensajes que el reportero envió no forman parte de una conducta de acecho sino que están relacionados con su trabajo periodístico y que en caso de que decida vincular a proceso, estaría reproduciendo el chilling effect (efecto inhibitorio), validando la censura periodística y criminalizando la libertad de expresión”.
Pide PAN libertad de prensa, MC dice que no le compete
AM buscó posicionamientos de las representantes estatales del PAN y de Movimiento Ciudadano, en el primer caso, por haber sido Allan León un militante destacado (aunque hoy existe un procedimiento interno para expulsarlo del partido) y en el segundo, por su posible adhesión a las filas naranjas y (esa sí) cercanía del ex funcionario con Alejandra Gutiérrez, quien sí renunció al PAN y se sumó a MC.
La presidenta del Comité Directivo Estatal del PAN, Juanita de la Cruz Martínez, a través de un comunicado de prensa, expresó su compromiso absoluto con la libertad de expresión y con el ejercicio libre, crítico e independiente del periodismo, pues una democracia sólida necesita medios de comunicación que investiguen, cuestionen e informen con responsabilidad.
“Expresamos nuestra solidaridad con las y los periodistas que diariamente ejercen su profesión con profesionalismo, incluso en contextos de presión o controversia.
Desde el PAN Guanajuato hacemos un llamado a que prevalezca el respeto irrestricto a la libertad de prensa, evitando cualquier acción que pueda interpretarse como un intento de intimidación o de limitar el trabajo de los medios de comunicación”.
El boletín advierte que defender la libertad de expresión no significa compartir todas las opiniones o publicaciones sino garantizar que puedan realizarse sin presiones ni represalias.
Por su parte, la delegada nacional de Movimiento Ciudadano en Guanajuato, Yulma Rocha Aguilar, a través de su vocero, declinó tocar el tema, pues dijo que se trata de un asunto de carácter personal y legal, del que no se conoce el contenido de la denuncia ni del expediente, por lo que no sería responsable emitir una opinión.
Además aclaró que el quejoso, Allan León, “es una persona que no pertenece a MC”.
En diversas ocasiones, Yulma Rocha y Jorge Álvarez Máynez, coordinador nacional de Movimiento Ciudadano, han expresado su apoyo al trabajo de las y los reporteros y la necesidad de defender la libertad de expresión.
El propio Álvarez Máynez publicó el 22 de julio una esquela y condolencias por el asesinato del periodista Francisco Leyva Aguilar en Oaxaca. Parte del mensaje que compartió indicaba: “La libertad de expresión se defiende garantizando que la labor del periodismo se pueda ejercer con seguridad”.
Leyes protegen ejercicio periodístico
Una jurisprudencia de la Suprema Corte de la Nación consultada en línea (Tesis: 1a./J. 126/2025 [11a.]) considera que en ocasiones una denuncia contra un reportero podría tener un efecto inhibidor sobre el ejercicio periodístico, pues su labor está protegida por la libertad de expresión, siempre y cuando se trate de “hechos de interés público, que fueron investigados de forma diligente y suficiente, y que fomentan la discusión y la formación de la opinión de la audiencia”.
La tesis también menciona que “La libertad de expresión es un derecho fundamental que ampara dos vertientes en función del objeto de la expresión: la libertad de información y la libertad de opinión.
“La libertad de información se refiere a la transmisión de hechos considerados noticiables y tiene como objeto proteger la divulgación de hechos veraces e imparciales; esto, en el entendido de que la veracidad exige únicamente que la información provenga de un razonable y recto ejercicio de investigación y comprobación encaminado a determinar si los hechos que quieren difundirse tienen suficiente asidero en la realidad.
Por su parte, la libertad de opinión protege la manifestación de ideas y juicios de valor, los cuales, en principio, por su propia naturaleza no requieren de una demostración de exactitud o veracidad y, en tanto versen sobre temas de interés público, deberán entenderse constitucionalmente protegidos”.
AAK
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