El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley para prohibir la venta de mascotas o animales de compañía en la vía pública ante el conocimiento de quejas y denuncias sobre la comercialización en deplorables condiciones.

Las reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente pretenden evitar la comercialización de animales en mercados, tianguis, puestos semifijos, permanentes, temporales o ambulantes.

El dictamen avalado con 271 votos y que reforma el artículo 87 Bis 2, precisa que se entenderá por animal de compañía o mascota el ejemplar de cualquier especie de fauna que, por su comportamiento o conducta natural pueda convivir con el hombre en un ambiente doméstico bajo cuidado del mismo y no representen riesgos físicos, sanitarios, ni de seguridad para sus propietarios u otros animales.

El documento enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, excluye de esta definición a las especies exóticas invasoras y las destinadas al consumo.

La norma detalla que somos testigos de la comercialización de animales en plena vía pública, mercados, tianguis, bazares o cualquier otro punto de venta, que además de ilegales, no cumplen con el mínimo requerimiento para dar atención a los ejemplares en venta.

De manera constante se sabe de quejas y denuncias sobre la venta de animales en deplorables condiciones; el contacto directo y permanente con las personas sin ningún tipo de higiene; el manejo de estos ejemplares sin conocimientos en materia veterinaria; su exhibición amontonados en pequeñas jaulas y, por supuesto, el origen desde criaderos clandestinos.
 

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